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SEGURO DE VIAJE SCHENGEN

El seguro de viaje schengen es obligatorio para visitar Europa

Para viajar a Europa es Obligatorio contratar un seguro de viaje o asistencia al viajero, denominado "seguro de viaje schengen" o "seguro schengen".GO! con su producto de asistencia al viajero GO! Europa cumple con los requisitos del tratado de schengen y mucho más.

Extracto del tratado de schengen, donde figura la obligatoriedad de la compra del seguro de viaje schengen:

Tte presentamos el Artículo del tratado de schengen que habla sobre la obligatoriedad de contratar un seguro de viaje y sus características. Todos los planes de asistencia al viajero y seguro de viaje disponibles en GOTRAVELASSISTANCE.COM, complen con el requisito del Tratado de Schengen.

Tratado de Schengen

Artículo 15 Seguro médico de viaje (Seguro de Viaje Schengen)

1. Los solicitantes de un visado uniforme para una o dos entradas deberán demostrar que poseen un seguro médico de viaje adecuado y válido que cubra aquellos gastos que pudieran ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia durante su estancia o estancias en el territorio de los Estados miembros.

2. Los solicitantes de un visado uniforme para más de dos entradas ("entradas múltiples") deberán demostrar que poseen un seguro de viaje adecuado y válido que cubra el período de la primera visita prevista.

Además, estos solicitantes firmarán la declaración, que figura en el impreso de solicitud, que indica que son conscientes de la necesidad de estar en posesión del seguro médico de viaje para estancias posteriores.

3. El seguro deberá ser válido en el territorio de los Estados miembros y cubrir todo el período de estancia o tránsito que la persona haya previsto. La cobertura mínima será de 30000 EUR.

Cuando se expida un visado de validez territorial limitada que abarque el territorio de varios Estados miembros, la cobertura del seguro tendrá validez como mínimo en los Estados miembros en cuestión.

4. En principio, los solicitantes contratarán el seguro en su país de residencia. Cuando ello no sea posible procurarán contratarlo en cualquier otro país.

Cuando una tercera persona contrate un seguro en nombre del solicitante, se aplicarán las condiciones establecidas en el apartado 3.

5. Al valorar la adecuación de un seguro, los consulados verificarán si el pago de las indemnizaciones debidas por la compañía de seguros puede obtenerse en un Estado miembro.

6. Se considerará que se cumple el requisito del seguro cuando se compruebe que la situación profesional del solicitante le permite asumir un nivel adecuado de seguro. La exención de demostrar documentalmente que se posee el seguro médico de viaje podrá aplicarse a grupos profesionales concretos, como los marinos, que ya estén cubiertos por un seguro médico de viaje por razón de sus actividades profesionales.

7. Los titulares de pasaportes diplomáticos estarán exentos del requisito de poseer un seguro médico de viaje.